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Actualizado el 27 de agosto de 2024

Actualización: El viernes 23 de agosto, Texas y otros 15 estados presentaron una demanda desafiando el programa Manteniendo a las Familias Unidas 'Parole-in-Place' (PIP). El 26 de agosto, el juez emitió una suspensión administrativa de 14 días, impidiendo que USCIS aprobara las solicitudes de PIP. La orden no impide que las personas presenten solicitudes de PIP ni que el Departamento de Seguridad Nacional las reciba.

¿Cómo afecta esta suspensión administrativa al proceso de solicitud?

Las personas pueden continuar presentando solicitudes de PIP, pero se les debe informar sobre los siguientes riesgos y beneficios antes de seguir adelante:

  1. El programa actualmente está bajo una demanda pendiente;
  2. Al presente, USCIS puede recibir aplicaciones pero no puede emitir aprobaciones debido a la demanda pendiente;
  3. El programa puede terminar en cualquier momento;
  4. Puede que pierda los $580 dólares de pago de costos a inmigración si no hay una decisión sobre su aplicación o si el programa termina antes de que se emita una decisión sobre su aplicación;
  5. Las personas deben considerar cuidadosamente tanto el beneficio significativo de la libertad condicional, que podría permitirles ajustar su estatus sin salir de los Estados Unidos, como el riesgo de que, si hay cambios de política, la presentación de una solicitud podría conducir a un proceso de deportación.

Para más información, visite: https://www.uscis.gov/es/manteniendofamiliasunidas 

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El 18 de junio de 2024, la administración Biden anunció que extendería el acceso al programa de libertad condicional a algunos cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses.

El 19 de agosto, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) publicó guía y comenzó a aceptar solicitudes en línea para el programa “Manteniendo a las Familias Unidas”.

Este programa abrirá las puertas para que ciertas personas obtengan libertad condicional y autorización de empleo, y potencialmente sean elegibles para solicitar la residencia permanente legal.

 

1.¿Quién es elegible?

El USCIS considerará la elegibilidad de un individuo caso por caso. 

Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses deben:  

  • Estar presente en los Estados Unidos sin admisión ni libertad condicional;
  • Haber estado presente continuamente en los Estados Unidos durante al menos 10 años a partir del 17 de junio de 2024;
  • Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense a partir del 17 de junio de 2024; y
  • No tener antecedentes penales que lo descalifiquen ni constituir de otra manera una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública.  

Los hijastros de ciudadanos estadounidenses deben: 

  • Estar presente en los Estados Unidos sin admisión ni libertad condicional;  
  • No tener antecedentes penales que lo descalifiquen o constituir de otra manera una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública. 
  • Ser soltero y menor de 21 años cumplidos el 17 de junio de 2024; y 
  • Estar soltero y tener menos de 18 años cuando su padre no ciudadano se casó con un cónyuge ciudadano estadounidense;  
  • Haber estado presente continuamente en los Estados Unidos desde el 17 de junio de 2024 hasta la fecha en que solicitó la libertad condicional;

 

2. ¿Qué significa que se le conceda “libertad condicional” a través del programa Manteniendo a las Familias Unidas?

Si USCIS aprueba su solicitud, recibirá un documento de libertad condicional (Formulario I-94) válido por tres años. La libertad condicional es similar a una admisión legal a los Estados Unidos. Con la libertad condicional, usted sería elegible para solicitar una autorización de empleo durante la duración de su libertad condicional. También puede ser elegible para solicitar la residencia permanente; sin embargo, le recomendamos encarecidamente que reciba una evaluación legal antes de presentar cualquier solicitud de residencia permanente.

 

3. Qué puedes hacer

  • Revisar de cerca Orientación de USCIS sobre el programa. 
  • Programe una consulta legal con una organización de servicios legales de confianza o un abogado de inmigración para estar informado de sus opciones. 
  • Reunir documentos – Los siguientes son sólo documentos recomendados.
    • Documentos de identidad (Su acta de nacimiento, identificación con fotografía)
    • Acta de matrimonio que documente el matrimonio entre usted y su cónyuge ciudadano estadounidense o el matrimonio entre su padre no ciudadano y su padrastro ciudadano estadounidense 
    • Prueba de que su cónyuge o padrastro es ciudadano estadounidense (certificado de nacimiento estadounidense, certificado de naturalización o pasaporte estadounidense)
    • Prueba de terminación legal de cualquier matrimonio anterior para usted y su cónyuge o su padre no ciudadano y su padrastro ciudadano estadounidense (divorcio, anulación, certificado de defunción)
    • Las actas de nacimiento de sus hijos
    • Prueba de que ha estado en los Estados Unidos desde el 17 de junio de 2014 hasta el presente (para cónyuges) o el 17 de junio de 2024 (para hijastros), incluidas declaraciones de impuestos sobre la renta de EE. UU. y facturas del hogar con su nombre y dirección en EE. UU.
    • Disposiciones judiciales certificadas para cualquier arresto criminal., incluidos los procedimientos por delincuencia juvenil
    • Copias de cualquier solicitud de inmigración anterior.
  •  Ahorre dinero para la tarifa de solicitud.
    • $580 para solicitar el programa de libertad condicional “Manteniendo a las Familias Unidas” 
    • $470 para solicitar en línea (o $520 para solicitar utilizando el formulario en papel) para la autorización de empleo una vez que se le haya concedido la libertad condicional.
    •  

4. Evite el fraude notarial:

Solo los abogados autorizados y representantes acreditados que trabajan en organizaciones sin fines de lucro reconocidas pueden brindar una evaluación legal de su caso u ofrecerle servicios legales. 

Ningún abogado o proveedor de servicios legales puede prometer un resultado en su caso o que su caso recibirá un tratamiento acelerado.

Solicitar este (o cualquier otro beneficio de inmigración) conlleva cierto riesgo. Una persona que presenta una solicitud y no califica y/o incluye información inexacta en una solicitud podría enfrentar consecuencias migratorias negativas que incluyen: denegación de beneficios, pérdida de tarifas de presentación, inelegibilidad para beneficios futuros y/o remisión a procedimientos de deportación.

 

5. ¿Quién debería proceder con precaución?

Las personas que han tenido contacto con el sistema legal penal y las personas con antecedentes migratorios complejos deben buscar asesoría legal de un abogado de inmigración autorizado o un representante acreditado antes de presentar la solicitud.

  • ¿Qué condenas impedirán que alguien obtenga la libertad condicional?
    • Cualquier condena por delito grave; y 
    • Cualquier condena por los siguientes delitos (delito menor o mayor): asesinato, tortura, violación, abuso sexual, delitos relacionados con armas de fuego, materiales explosivos o dispositivos destructivos; delitos relacionados con el peonaje, la esclavitud, la servidumbre involuntaria y la trata de personas; agresión agravada; violencia doméstica, acecho, abuso infantil, negligencia o abandono; delitos de sustancias controladas (excepto posesión de menos de 30 gramos de marihuana); pornografía infantil, abuso sexual o explotación de menores; o solicitación de menores.
  • Si tiene una condena por un delito menor y no está en la lista anterior:
    Programe una consulta legal para determinar si califica para la libertad condicional vigente. La naturaleza y gravedad de la condena se considerarán frente a cualquier factor atenuante u otros factores positivos en su caso.
  • Si tiene un caso penal pendiente:
    Las personas que tienen un cargo penal pendiente no califican para la libertad condicional vigente.
    NIJC recomienda que usted y su abogado defensor penal estén informados sobre las consecuencias de inmigración antes de declararse culpable de cualquier cargo penal. Una vez que se complete su caso penal, programe una consulta legal de inmigración para determinar si califica para la libertad condicional vigente.
  • Si está en proceso de deportación:
    Las personas en proceso de deportación pueden solicitar la libertad condicional en el lugar. Sin embargo, el DHS no concederá la libertad condicional a alguien que constituya un problema de seguridad nacional, seguridad pública o seguridad fronteriza. NIJC recomienda que cualquier persona en proceso de deportación programe una consulta legal antes de solicitar la libertad condicional.

  • Si fue deportado y regresado a los Estados Unidos:
    Las personas que salieron de los Estados Unidos bajo una orden de expulsión, deportación o exclusión y reingresaron a los Estados Unidos sin permiso no son elegibles para la libertad condicional vigente bajo este programa. Si no está seguro de su historial de inmigración, debe programar una consulta legal para explorar cómo el contacto previo con el sistema de inmigración podría afectar su elegibilidad.

  • Si se deniega su solicitud de libertad condicional:
    No hay forma de apelar una denegación de libertad condicional o solicitar que se reabra el caso. Si cree que es elegible y desea presentar la solicitud nuevamente, puede hacerlo, pero deberá pagar la tarifa de presentación nuevamente. Si bien USCIS dice que las denegaciones generalmente no se remitirán al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) para iniciar los procedimientos de deportación, siempre existe el riesgo de que eso suceda, especialmente si ha tenido contacto con el sistema legal penal o tiene un historial de procedimientos de inmigración complejos.

NIJC ofrece consultas legales en nuestras oficinas de Chicago e Indiana para personas que residen en Illinois e Indiana con ingresos familiares iguales o menos del 200% del umbral de pobreza federal. Llame al 312-660-1370 para programar una consulta legal